domingo, 28 de abril de 2013

Ensayo sobre la violencia en México

Ensayo sobre la violencia en México


"La violencia crea más problemas sociales que los que resuelve"

- Martin Luther King

Se entiende por violencia a aquellos actos que tengan que ver con el ejercicio de una fuerza verbal o física y que tenga por resultado la generación de un daño sobre esa persona u objeto de manera voluntaria o accidental. La violencia es uno de los actos más comunes del ser humano y es difícil determinar a ciencia cierta si el ser humano es capaz de vivir en sociedad sin ejercer ningún tipo de violencia. La violencia puede, además, ser ejercida por una persona sobre sí misma.

Uno de los problemas más grandes que sufre México es el de la violencia. Sin embargo, no se puede acabar por completo con esta problemática, si se puede controlar, cosa que México no ha podido lograr a lo largo de estos últimos años. Esto se debe a que el país tiene una falta de organización y una errónea percepción de los valores, esto se da desde los funcionarios públicos hasta sus ciudadanos.

Una de las principales fuentes de la violencia es la corrupción, ya que dicha problemática es para el país un valor agregado, el cual se usa a diario y lo que hace mas difícil de controlar.

El primer mandatario de nuestro país, Enrique Peña Nieto, reconoce esta problemática y demuestra su preocupación y busca apoyo para erradicar este problema social desde la raíz; como lo menciono en una entrevista: “El verdadero problema de México es la violencia. La legalización de algunas drogas no es la solución. Sin embargo, estoy abierto a que se debata. La violencia está relacionada con la falta de oportunidades y con instituciones de seguridad y justicia débiles”.

Asimismo, durante la entrevista destacó, que “uno de los principales retos que enfrenta México es devolver a sus ciudadanos la paz y la libertad que les han sido arrebatadas por la violencia”.


El gobierno de Peña Nieto, tiene como objetivo la reducción y control de los tres crímenes que más afectan a la sociedad mexicana: los homicidios, el secuestro y la extorsión, estas vinculadas a la violencia. Para lograra esto buscara una coordinación y organización entre los ciudadanos y servidores públicos. Aseguró que habrá una coordinación real y efectiva; la prevención del delito tendrá un peso mayor, al igual que la protección y respeto de los derechos humanos. Para lograr disminuir la violencia, también se busca la transformación de las instituciones policiales y de procuración de justicia.

Aunque el presidente ha manifestado sobre su preocupación acerca de violencia, han habido opiniones diferentes en relación al tema. Por ejemplo, la del poeta Javier Sicilia, quien dijo: "La realidad está así, sigue siendo igual de brutal y de terrible".
Esto se debe a que se ha hablado sobre una disminución de violencia en el corto tiempo de la presidencia de Peña Nieto, pero las teorías de varios expertos demuestran lo contrario, ya que se cree que la violencia no esta disminuyendo lo cual no se ve ya que la opinión publica ha sido callada y esto trae como consecuencia el aumento de los indices de violencia en el país.

Si el gobierno de Peña Nieto no toma acción, con rapidez y eficacia, una estrategia de combate al crimen, reducción de violencia, abatimiento de la impunidad y recomposición del tejido social con respeto pleno a los derechos humanos, México se podría ver en una crisis con relación directa a la violencia.

viernes, 19 de abril de 2013

¿’Pax mafiosa’ y organizar la corrupción?, dos artículos de Buscaglia

¿’Pax mafiosa’ y organizar la corrupción?, dos artículos de Buscaglia
Artículo 1: “Cooperación Internacional: ¿Seguridad humana o pax mafiosa?”
El primer artículo plantea que la crisis humanitaria y de seguridad que México vive hoy México presenta al nuevo gobierno desafíos históricos, pero también oportunidades para recuperar su liderazgo internacional.

-La cooperación para el desmantelamiento de empresas criminales formadas por personas físicas y morales que operan en un mínimo promedio de siete países requiere coordinar y armonizar las políticas anticrimen, sociales, fiscales y regulatorias en temas de armas, drogas, migración, finanzas y cuantas afecten los bienes y servicios traficados por los mencionados grupos delictivos.
-Hoy estas políticas no están ni siquiera convergiendo hacia una armonización o coordinación internacional.
-Una empresa criminal es un grupo organizado de personas que gestiona y realiza transacciones frecuentes de bienes y servicios ilegales o bien legales pero a través de canales ilícitos.
-Las empresas criminales transnacionales participan en el intercambio de 23 tipos de bienes y servicios. Las de origen mexicano operan 22 delitos en 58 países.
-Esta enorme diversidad de mercados determina que los grupos criminales transnacionales de mayor envergadura en conjunto operen en todo el orbe.
-Esta expansión de las empresas delictivas se gestiona con el fin de obtener insumos, para luego establecer capacidades de producción y distribución para finalmente vender el producto o servicio y colocar e integrar sus capitales de origen ilícito en los 20 países.
-Los Estados normalmente se limitan a reaccionar ante el crimen organizado y a coordinar parcialmente sus actividades en el nivel regional.
-Desde el punto de vista jurídico, los Estados han homogeneizado sus marcos legales muy lentamente al ratificar dos instrumentos de la onu.
- México solo lleva a la práctica un 43% de las cláusulas de coordinación internacional de la Convención de Palermo y un 15% de las del capítulo de coordinación internacional de la Convención de Mérida para combatir a la corrupción política, tanto mexicana como extranjera.
-En lo que se refiere a la aplicación real de medidas de investigación, los mecanismos de coordinación internacional entre cuerpos policiacos han avanzado gracias a la intermediación y la asistencia técnica de la Interpol.
-En este marco de cooperación internacional limitado, Estados Unidos focaliza sus programas antilavado con México en las drogas, dejando de lado el similar énfasis y la aún más compleja cooperación de inteligencia y judicial que se requieren para avanzar contra delitos trasnacionales mucho más graves.
-La Iniciativa Mérida no funciona con base en el verdadero organigrama de las mafias regionales. Ya no es posible separar el flujo patrimonial que el tráfico de drogas le genera a un grupo y el dinero producto de los otros 21 tipos de delitos organizados.
-Estados Unidos continúa enfocado en una política antidrogas miope y mal diagnosticada, ya que según la dea el narco le genera a las mafias mexicanas un flujo de efectivo de entre 12 mil y 23 mil millones de dólares al año, mientras que el verdadero monto derivado de los otros 22 delitos organizados es exponencialmente mayor.
-Este claro vacío de capacidades interinstitucionales internacionales representa para México la oportunidad de enfrentarlo con un replanteamiento mucho más abarcador y global de los programas de cooperación con los demás países de la Organización de Estados Americanos.
-Los homicidios dolosos ligados a los 22 tipos de delitos económicos organizados pueden reducirse, ya sea porque los grupos criminales se dividen los territorios de manera realmente «organizada» y consolidan su poder sobre el Estado mexicano en un proceso de «pax mafiosa», o porque México se institucionaliza democráticamente para converger hacia las mejores prácticas de gobernabilidad de los demás países de la ocde.
-La cooperación internacional es una condición necesaria, pero está lejos de ser suficiente para que las instituciones mexicanas demuestren que sí contienen a grupos criminales y lo hagan mediante el único resultado que realmente cuenta: la reducción consistente en las frecuencias de 22 tipos de delitos económicos organizados.
- La adopción de políticas regionales de desarrollo global le permitirá a México recuperar su rumbo de cooperación y de liderazgo hemisféricos.

SINTESIS
La crisis humanitaria y de seguridad humana que vive hoy México le presenta a la administración de Enrique Peña Nieto no sólo desafíos históricos, sino también oportunidades para recuperar su liderazgo internacional. La cooperación para el desmantelamiento de empresas criminales formadas por personas físicas y morales que operan en un mínimo promedio de siete países requiere coordinar y armonizar las políticas anticrimen, sociales, fiscales y regulatorias en temas de armas, drogas, migración, finanzas y cuantas afecten los bienes y servicios traficados por los mencionados grupos delictivos. Hoy estas políticas no están ni siquiera convergiendo hacia una armonización o coordinación internacional. Una empresa criminal es un grupo organizado de personas que gestiona y realiza transacciones frecuentes de bienes y servicios ilegales o bien legales pero a través de canales ilícitos. Sus estructuras incluyen directorios ejecutivos y grupos armados internacionales para proteger sus estructuras económicas. Las empresas criminales transnacionales participan en el intercambio de 23 tipos de bienes y servicios. Esta enorme diversidad de mercados determina que los grupos criminales transnacionales de mayor envergadura en conjunto operen en todo el orbe.En contraste, en un contexto general, la coordinación entre Estados para reprimir a las empresas criminales y la convergencia entre organizaciones de la sociedad civil y el Estado para prevenir la captura del tejido social por las mismas, dejan aún mucho que desear. Los Estados normalmente se limitan a reaccionar ante el crimen organizado y a coordinar parcialmente sus actividades en el nivel regional, con una fuerte tendencia a reprimir un pequeño rango de delitos.Desde el punto de vista jurídico, los Estados han homogeneizado sus marcos legales muy lentamente al ratificar dos instrumentos de la onu: la Convención contra la Delincuencia Organizada, conocida como la de Palermo, y contra la Corrupción, también llamada de Mérida, ambas conjugadas con las 49 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional para combatir y prevenir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.La actual descoordinación internacional en áreas de inteligencia operativa limita la capacidad de los Estados para identificar, incautar y decomisar el tsunami de productos derivados de 22 tipos de delitos económicos organizados.No existe más clara muestra de los vacíos de coordinación y sesgos de represión que la fallida Iniciativa Mérida. Esta fue concebida en 2006-2008 y vendida a los mexicanos como un programa de cooperación «integral» de seguridad «pública» entre Estados Unidos, México y Centroamérica con el fin de «combatir» el narcotráfico, la delincuencia organizada transnacional y el lavado de dinero, todo ello mediante programas de capacitación, asistencia técnica por millones de dólares que terminaron por asignarse en su mayor parte a consultoras privadas «cercanas» a las agencias federales estadounidenses y a consultores mexicanos «con posturas amistosas» hacia el gobierno de su propio país.La Iniciativa Mérida no funciona con base en el verdadero organigrama de las mafias regionales. Ya no es posible separar el flujo patrimonial que el tráfico de drogas le genera a un grupo y el dinero producto de los otros 21 tipos de delitos organizados. Sin embargo, Estados Unidos continúa enfocado en una política antidrogas miope y mal diagnosticada. La cooperación bilateral tampoco aborda la formación de fuerzas de tarea conjuntas para el desmantelamiento patrimonial de las organizaciones criminales, que involucren a aduanas mexicanas en red con unidades de investigación en esa materia en cada una de las 32 entidades federativas, con la unidad de inteligencia financiera federal y las autoridades fiscales representadas por auditores federales y estatales, todos ellos compartiendo sus bases de datos y capacidades operativas de campo de manera coordinada.Los homicidios dolosos ligados a los 22 tipos de delitos económicos organizados pueden reducirse, ya sea porque los grupos criminales se dividen los territorios de manera realmente «organizada» y consolidan su poder sobre el Estado mexicano en un proceso de «pax mafiosa», o porque México se institucionaliza democráticamente para converger hacia las mejores prácticas de gobernabilidad de los demás países de la ocde.Hay que recordar que la cooperación internacional es una condición necesaria, pero está lejos de ser suficiente para que las instituciones mexicanas demuestren que sí contienen a grupos criminales y lo hagan mediante el único resultado que realmente cuenta: la reducción consistente en las frecuencias de 22 tipos de delitos económicos organizados. Al adoptar una política de seguridad humana integral a través de una cooperación técnica global, y no sesgada hacia Estados Unidos. La adopción de políticas regionales de desarrollo global le permitirá a México recuperar su rumbo de cooperación y de liderazgo hemisféricos.

Artículo 2: “Seguridad Humana: La transición hacia una democracia con Estado de Derecho”
El segundo habla de las consecuencias que puede tener un Estado si no articula con urgencia las medias regulatorias para contrarrestar la corrupción y frenar la circulación de dinero sucio.
-México es el segundo país del planeta con mayor flujo de capitales del crimen.
-La corrupción política debe poseer una organización para que se evite así el debilitamiento de la integridad del Estado, lo que implica la inseguridad nacional.
-Reducir la corrupción a cero es inviable para como objetivo de política pública.
-La corrupción atomizada y desordenada que vive hoy México causa mucho más daño de inseguridad a una sociedad que la corrupción administrada y organizada.
-México se encuentra dentro de un ya largo limbo sin haber culminado todavía su transición política hacia una democracia.
-La ausencia de controles patrimoniales ha convertido a México en el segundo país del planeta con los mayores flujos capitales criminales que después se lavan en los países más ricos con Estado de Derecho.
-Una sociedad sin controles regulatorios de sus comportamientos antisociales más predatorios se transforma tarde o temprano en un bazar criminal patrimonial internacional para cometer delitos predatorios, como lo es hoy México.
-La prioridad del próximo gobierno federal será la de instituir controles política y socialmente acordados.
-Proveen de trabajo, créditos y mecanismos alternativos de solución de disputa a una sociedad local, divorciada del Estado mexicano e incapaz de solventar su acceso a la economía y a la justicia formal.
-Las políticas de seguridad humana deben de ser coordinadas a través de una política legislativa que sea implementada a través de gabinetes de seguridad humana a nivel federal, estatal, y ante todo municipal, todos hoy inexistentes en México.
-Acordar los criterios de aplicación de los controles judiciales y patrimoniales para que operen sobre la misma élite político-empresarial-sindical mexicana
-La prioridad es siempre asignarle a todo recuerdo humano y material posible a la prevención y castigo certero de los delitos económicos predatorios.

SINTESIS
México es el segundo país del planeta con mayor flujo de capitales del crimen, ante este horizonte el gobierno de Peña Nieto si está obligado a regular la corrupción que se organiza desde del poder político.La corrupción política debe poseer una organización para que se evite así el debilitamiento de la integridad del Estado, lo que implica la inseguridad nacional. Reducir la corrupción a cero es inviable para como objetivo de política pública, dada la naturaleza humana y los siempre escasos recursos disponibles, pero en un rango de preferencias sociales; la corrupción atomizada y desordenada que vive hoy México causa mucho más daño de inseguridad a una sociedad que la corrupción administrada y organizada.Si bien desmantelar y prevenir a la delincuencia organizada es siempre un trabajo de coordinación internacional entre Estado y sociedades, el fortalecimiento de la seguridad nacional y seguridad humana en México requiere primero fortalecer a su Estado con la mayor de las urgencias. México se encuentra dentro de un ya largo limbo sin haber culminado todavía su transición política hacia una democracia.La ausencia de controles patrimoniales ha convertido a México en el segundo país del planeta con los mayores flujos capitales criminales que después se lavan en los países más ricos con Estado de Derecho. Una sociedad sin controles regulatorios de sus comportamientos antisociales más predatorios se transforma tarde o temprano en un bazar criminal patrimonial internacional para cometer delitos predatorios, como lo es hoy México. De esta manera no se podrá aspirar a un crecimiento económico sostenido y menos todavía un sistema político estable.La prioridad del próximo gobierno federal será la de instituir controles política y socialmente acordados. Esto incluirá a las judiciales, hasta hoy mal implementadas por falta de acuerdos políticos.Las empresas de criminales proveen de trabajo, créditos y mecanismos alternativos de solución de disputa a una sociedad local, divorciada del Estado mexicano e incapaz de solventar su acceso a la economía y a la justicia formal.Las políticas de seguridad humana deben de ser coordinadas a través de una política legislativa que sea implementada a través de gabinetes de seguridad humana a nivel federal, estatal, y ante todo municipal, todos hoy inexistentes en México.El primero problema a resolver es acordar los mecanismos institucionales a través de los cuales se establecerán estos controles judiciales, patrimoniales y socialmente preventivos.El segundo problema políticamente relevante será acordar los criterios de aplicación de los controles judiciales y patrimoniales para que operen sobre la misma élite político-empresarial-sindical mexicanaLa prioridad es siempre asignarle a todo recuerdo humano y material posible a la prevención y castigo certero de los delitos económicos predatorios, tal como la trata de personas, la explotación sexual de menores y los secuestros y extorsiones que se encuentran fuera de control.

martes, 16 de abril de 2013

Análisis de la violencia en México desde el gobierno de Peña Nieto

ANÁLISIS DE VIOLENCIA EN MÉXICO
DESDE EL GOBIERNO DE PEÑA NIETO

"La realidad está así, sigue siendo igual de brutal y de terrible", dice el poeta Javier Sicilia.
Los que la sufren no la olvidaron, aunque pareciera que los medios si la olvidaron, unos arrastrados por la fuerza presidencial y la iniciativa del nuevo presidente; otros aterrados por las amenazas de los criminales. Pero los datos hablan por sí solos.

Según la Secretaría de Gobernación, en los tres primeros meses del gobierno priísta hubo 3.157 muertos en acciones vinculadas al crimen organizado. A la espera de las cifras de marzo (ahora llegan datos mensualmente), el diario 'Milenio' contó 1.025 ese mes, lo que haría un total de 4.182 desde el 1 de diciembre, una cifra comparable al sexenio anterior.

Otro punto importante es que además, regresaron las ejecuciones de alto impacto: cuatro cuerpos decapitados en dos puntos del Estado de México el 2 de marzo; 7 muertos en bar de Chihuahua el día 28; dos colgados de un puente de la autopista Chamapa-Lechería, a la salida de Ciudad de México; 7 ejecutados en dos locales de Guadalajara el domingo; nueve cadáveres desmembrados el martes en Ciudad Victoria (Tamaulipas)...

Lo más probable es que lo peor nisiquiera se vea. "El crimen organizado afianza su presencia en la vida cotidiana de los mexicanos a ritmo seguro" aunque de forma "lenta y sigilosa", señala la periodista Sanjuana Martínez. "La guerra de Peña Nieto es mucho más letal que la de Felipe Calderón porque ya ni se habla de ella". "El Pacto por México [acuerdo de todos los partidos para las reformas estructurales] incluye el manto de silencio".

El presidente ha pedido tiempo. "En un año podremos estar viendo resultados favorables, una reducción sensible" de la violencia. Pero a los ciudadanos no les queda claro en qué consiste la nueva estrategia.

Yo creo que el crimen sigue ahí, que la violencia no está terminando, sino que se está escondiendo, se infiltra en la vida diaria. Creo que muchas de las cosas que pasan ya no son publicadas como lo eran antes, que la opinión de los periodistas está siendo callada por el gobierno o por los mismos criminales, o que tal vez el gobierno tenga una alianza con los criminales en donde los dos “ganan”, pero definitivamente creo que la violencia va de mal en peor en México y esto no puede acabar a menos que las personas aprendan a vivir sin usar la corrupción como un atajo y un medio de escapatoria.

lunes, 15 de abril de 2013

Corrupción, Edgardo BUSCAGLIA

CAUSAS Y CONSECUENCIAS DEL VÍNCULO ENTRE LA DELINCUENCIA ORGANIZADA Y LA CORRUPCIÓN A ALTOS NIVELES DEL ESTADO: MEJORES PRÁCTICAS PARA SU COMBATE
La corrupción a altos niveles del Estado representa una amenaza para la estabilidad política y social de México, ya que atenta contra la legitimidad y legalidad del mismo Estado. Cuando esta corrupción se vincula con la delincuencia organizada, una ame- naza latente se extiende a la seguridad nacional de México.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional, firmada en Palermo en diciembre de 2000, es el instrumento eje para romper estos vínculos entre corrupción y delincuencia organizada. Las legislaciones internacionales y nacionales de lucha contra la delincuencia organizada y la corrupción deben ser vistas como instrumentos en evolución constante. En el aspecto internacional pueden destacarse los si- guientes instrumentos que complementan la Convención de Palermo:
a) La elaboración de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de Viena, de 1988, sus comentarios y regula- ción básica a través de leyes modelos.
b) La elaboración de normas regionales, como la de la Orga- nización de Estados Americanos (OEA) mediante los tra- bajos de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD).
c) La normativa europea contra drogas y delincuencia orga- nizada,7 así como las cuarenta y nueve recomendaciones para la lucha contra el lavado de dinero y el terrorismo de la OCDE a través del GAFI.
Las leyes contra la delincuencia organizada tienen por objeto sancionar a la delincuencia organizada, y para ello construyen tipos penales especiales que implican la generación y valoración de nuevos medios de prueba, por lo que representan un nuevo paradigma jurídico-dogmático en la concepción de la delincuencia organizada. Existe una razón fáctica para esta evolución normativa: nunca antes las organizaciones trasnacionales delictivas habían sido tan capaces de atentar contra las sociedades en un sentido global, afectando sus democracias, sus formas de gobierno y la seguridad de sus ciudadanos. Su fuerza deriva del mismo proceso de globalización, de las nuevas tecnologías informáticas y de la capacidad de adquirir y desarrollar armas de destrucción masiva. Podemos afirmar que delincuencia organizada y terrorismo representan las dos más graves amenazas contra las sociedades modernas a una escala internacional que requieren de respuestas internacionales constantes y novedosas para su combate.
El tipo penal de participación delictiva organizada tiene una estructura lógica de doble piso: es un delito pertenecer a una organización que comete delitos. El primer elemento hace referencia a la participación en una organización. El segundo es que esta organización comete delitos (delitos-predicado) tales como tráfio de drogas, tráfico de seres humanos, tráfico de armas, extorsión o secuestro con el objeto de obtener directa o indirectamente un beneficio económico u otro de orden material. Estos delitos tienen por objeto controlar los mercados ilícitos.
Sólo existen tres tipos penales con doble estructura: participación en delincuencia organizada, lavado de dinero y la antigua asociación para delinquir, de origen francés. Los dos primeros normalmente se constituyen como delitos autónomos y tienen la intención primaria de luchar contra las organizaciones delictivas. El motivo para sancionar no está en el acuerdo previo manejado por las teorías del concepto extensivo de autor, que al momento de su primer planteamiento fueron fuertemente criticadas.
Las organizaciones de delincuencia organizada tienen un halo de protección interno fundado en las reglas del secreto absoluto de la organización (bajo la amenaza de asesinato si se viola esta regla); esto se denomina “la ley de silencio u omertá”, y solidifica el halo de protección de la actividad criminal fundado en la violencia, la corrupción y la obstrucción a la justicia. Por lo tanto, para investigar estos elementos es necesario extraer o insertar un elemento del círculo de protección. Sólo de esta manera se puede desarrollar una investigación contra estos fenómenos delictivos.
En este contexto, los medios de prueba que, además de los tradicionales o clásicos, pueden ser usados por la autoridad y es- tán comprendidos en la Convención de Palermo son: interceptación de comunicaciones telefónicas y ambientales, operaciones encubiertas, entregas controladas, vigilancias electrónicas (que introducen elementos en la organización) y testimonios de testigos e informantes con beneficios o inmunidad, así como protec- ción de testigos, que extraen elementos de la organización.
Entre delincuencia organizada y corrupción existen relaciones profundas, a tal grado que se puede sostener que en algunos casos la corrupción representa un requisito central para la formación de la delincuencia organizada.
Los vínculos entre la delincuencia organizada y la corrupción en el sector público (la cual puede ser entendida en sentido amplio como el perjuicio de un beneficio público para satisfacer uno privado) no son nuevos. Los grupos de delincuencia organizada han utilizado la corrupción en el sector público como ins- trumento para enfrentar a los Estados con impunidad y quebrantar el Estado de derecho de forma cada vez más notoria en los últimos años.
Por ello, controlar y luchar en contra de la corrupción en el sector público es una condición necesaria si en verdad se pretende alcanzar un desarrollo político y económico sostenido que permita combatir la pobreza y las marcadas diferencias sociales a escala mundial. En este contexto, podemos distinguir cinco di- ferentes niveles de penetración de la delincuencia organizada en los sectores públicos:
· En el primer nivel encontramos al soborno o cohecho, que consiste en ofrecer u otorgar a un agente en particular cualquier tipo de beneficio a cambio de la realización de un acto. La oferta o solicitud del soborno en este nivel se da por sólo una ocasión.
· En el segundo nivel, los actos de soborno son continuos y periódicos y en donde el agente público ya se encuentra en la nómina del grupo delictio.
· En el tercer nivel, son infiltradas las agencias gubernamentales en forma esporádica dentro de las posiciones oficiales de rango medio. Los miembros y asociados de los grupos delictivos obtienen empleos en las agencias del orden, en las oficinas de procuración e impartición de justicia y en otras áreas, asegurándose vacantes o comprando los puestos por medio del soborno y el chantaje.
· El cuarto nivel se caracteriza por una infiltración gubernamental en los niveles más altos, o lo que algunos autores definen como captura del Estado, pudiendo abarcar ramas completas de la administración o funcionarios de alto rango en las agencias de seguridad, oficinas de procuración, impartición y administración de justicia, así como otras oficinas gubernamentales importantes para el grupo delictivo (jueces, zares antidroga, etcétera). Con esto, los grupos delictivos maximizan sus ganancias y utilizan el soborno y la extorsión para influenciar a la policía, los jueces y otros funcionarios claves, ganando incluso el control absoluto sobre diferentes sectores de la economía.
· El quinto nivel de infiltración de la delincuencia organizada en los sectores públicos se produce cuando los grupos de delincuencia organizada logran participar en precampañas o en campañas políticas financiando o apoyando a través de los medios de comunicación o comprando votos y corrompiendo los procesos electorales democráticos. También logran influir coaccionando (mediante sobornos, amenazas o chantajes) a los políticos para obtener su apoyo gracias a los lazos familiares de éstos o a la existencia de “deudas” con algunos miembros de la delincuencia organizada.
La corrupción sistemática de la burocracia pública también genera posibilida- des de una mayor infiltración de las organizaciones criminales.
Los modelos dirigidos a romper con estos vínculos simbióti- cos entre corrupción pública y delincuencia organizada suponen un nivel específico de disuasión, sistemas externos de vigilancia y estructuras de salario dentro de las dependencias del sector público, que implementen medidas tales como:
a) Promulgar urgentemente un marco normativo que regule la financiación de las actividades de las precampañas políticas, que actualmente representa un canal abierto para la “compra de políticas públicas” y la corrupción a altos niveles del Estado mexicano.
b) Activar y proporcionarle autonomía institucional a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) que hoy se encuentra bajo el dominio de la Secretaría de Hacienda. Actualmente, la UIF no cumple con más del 50% de las prácticas internacionales plasmadas en las cuarenta recomendaciones del GAFI para combatir y prevenir el lavado de dinero, y México no cumple con ninguna de las nueve recomendaciones del GAFI para combatir y prevenir el financiamientodominiosrorismo.
c) La Secretaría de Hacienda, por temor a imponerle costos excesivos a las entidades financieras que trabajan en México, no les ha requerido que instalen mecanismos tecnológicos más avanzados para detectar patrones complejos de transacciones ilegales ligados a la corrupción, a la delincuencia organizada, y potencialmente al financiamiento del terrorismo, para así cumplir cabalmente con los convenios internacionales ratificados por México (así, por ejemplo, el Convenio de 1999 de la ONU).
d) Una menor concentración de las funciones de organización interna de la agencia gubernamental aglutinados en las manos de cada vez menos directivos, por ejemplo: jueces concentrando cada vez más roles administrativos y jurisdiccionales.
e) Una reducción en el número, complejidad y formalismo de los procedimientos administrativos, aunado a una mayor transparencia de los mismos dentro de la oficina pública que presta el servicio; por ejemplo, licitaciones abiertas en el procedimiento gubernamental.
f) La instalación de un sistema de alerta temprana que permita la detección de los patrones de casos en donde un funcionario público o dependencia pública abuse de su discrecionalidad de manera sistemática.
g) Un mejorado control de la decisión judicial para lograr una reducción de la “compra de resoluciones de jueces y fiscales” que se alimenta de la incertidumbre relacionada con la interpretación de doctrinas, leyes y reglamentos; por ejem- plo, inconsistencias encontradas en la aplicación de juris- prudencia por parte del Poder Judicial debido, entre otros factores, a los sistemas defectuosos de información de los juzgados y a la carencia de jurisprudencia en bases de datos.
Éstas y otras medidas han servido para generarle anticuerpos a las dependencias del sector público, de acuerdo con un reciente estudio que cubre a ochenta y nueve países, y para prevenir la infiltración de las organizaciones criminales en su seno.

viernes, 12 de abril de 2013

Menores y delicuencia organizada

Menores y delicuencia organizada
Los menores representan un recur- so intergeneracional que impacta en el desarrollo humano de las naciones.1 En este contexto, las instituciones públicas tienen la obligación moral, legal e institucional de generar un bien público de protección de sus intereses, tanto a niveles de precaución co- mo de disuasión.
Lamentablemente, los menores en muchos países del mundo son víctimas de delitos graves que van desde el tráfico de seres humanos, hasta la prostitución.
A nivel internacional, los principales instrumentos a considerar son: las Reglas de Beijing de 1985, por su carácter innovador en el establecimiento de estándares mínimos en la administración de la justicia de menores; la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989, que representa en el ámbito de protección de menores el instrumento legislativo más completo y con el mayor reconocimiento por parte de los Estados partes que la han ratificado (Somalia y Estados Uni- dos de América representan los dos únicos países que aún no han ratificado el instrumento); las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de Riad) de 1990, por su directa relación con los argumentos desa- rrollados en este trabajo. Por último, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional (Convención de Palermo), y en particular su Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente de Mujeres y Niños. Cabe apuntar que antes de este protocolo carecíamos de cualquier tipo de convenio internacional que protegiera a los niños contra la trata de seres humanos.
La Asamblea General de las Naciones Unidas, con la resolución 40/33 del 28 de noviembre de 1985, aprobó treinta reglas mínimas para la administración de la justicia de menores, cono- cidas también como Reglas de Beijing.
Se puede avanzar que los principios generales se inspiran en la concepción de que una política social constructiva respecto al menor puede y debe desempeñar un rol fundamental en la pre- vención del delito y de la delincuencia juvenil.
Un punto desarrollado por las Reglas de Beijing atañe al rol de la prisión preventiva en la pena que se atribuye a los menores delincuentes.
Un año antes del Sexto Congreso de las Naciones Unidas so- bre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, que inició el proceso preparatorio que culminó con las Reglas de Beijing, en 1979, en coincidencia con el año internacional del niño y a iniciativa del gobierno de Polonia, se inició el proceso de elaboración de la Convención sobre los Derechos del Niño adoptada el 20 de noviembre de 1989 por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Uno de los principios internacionalmente reconocidos para un correcto desarrollo del niño es el de su permanencia en el contexto familiar. Éste ha sido recogido por el artículo 9.1 de la Convención.
Todas las medidas legis- lativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres.
El artículo 33, que obliga a los Estados partes, a través de cualquier tipo de medidas, a proteger a los niños “contra el uso ilícito de los estupefacientes y sustancias psicotrópicas enumeradas en los tratados internacio- nales pertinentes, y para impedir que se utilice a niños en la pro- ducción y el tráfico ilícitos de esas sustancias”.
Sobre la prevención de la delincuencia juvenil, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en 1990 un conjunto de 66 directrices, que se denominaron Directrices de Riad,7 que aunque no se caracterizan por su valor vinculante para los Estados, se pueden considerar de sumo interés por los principios que establecen.
Entre sus principios fundamentales es necesario subrayar el que indica que los Estados deberían utilizar medidas dirigidas, entre otras, a “la creación de oportunidades, en particular educativas, para atender a las diversas necesidades de los jóvenes y servir de marco de apoyo para velar por el desarrollo personal de todos los jóvenes, en particular de aquellos que están evidentemente en peligro o en situación de riesgo social y necesitan cuidado y protección especiales”, así como a la constitución de “una red de servicios, cuya finalidad sea reducir los motivos, la necesidad y las oportunidades de comisión de las infracciones o las condiciones que las propicien”.
En concreto, en relación con el recurso al internamiento en centros cerrados, establece que “sólo deberá recluirse a los jóvenes en instituciones como último recurso y por el periodo mínimo necesario.
Tanto la Convención de Palermo como sus protocolos representan los pilares fundamentales desde la perspectiva de la cooperación internacional en la lucha contra la delincuencia organizada.
La participación o el involucramiento de menores de edad voluntaria o involuntaria- mente en grupos de delincuencia organizada son fenómenos pre- sentes en muchos países del mundo desde hace ya varios años, y sin embargo, ni la Convención ni sus protocolos han incluido ningún artículo sobre la criminalización de la utilización de me- nores de edad por grupos de delincuencia organizada, ni tampoco se ha incluido como circunstancia agravante en la sanción prevista para el delito de participación en grupos de delincuencia organizada.
El Consejo de Europa ha demostrado a lo largo de las tres últimas décadas un interés particular por los fenómenos relacionados con la delincuencia juvenil, y a través de su Comité de Ministros ha elaborado y aprobado cinco recomendaciones específicamente centradas en este problema y en su posible solución.
Por ello, los expertos que han elaborado este documento confirman la certeza de que el derecho penal tradi- cional no es la respuesta apta para afrontar y solucionar el problema de la delincuencia juvenil, y recomiendan a los Estados que adopten un enfoque más estratégico, sugiriendo también nuevas respuestas posibles.
“Prevenir la delincuencia primaria y la reincidencia; (re)socia- lizar y (re)integrar a los jóvenes delincuentes; ocuparse de las necesidades y del interés de las víctimas” y considerar a la justicia juvenil como “un componente de una más amplia estrategia de prevención de la delincuencia juvenil... que tenga en cuenta el contexto general entorno familiar, escuela, vecindario, grupo de pares en el cual la delincuencia se manifiesta”.
La prevención social ha demostrado dar resultados a largo plazo, siempre que los programas hayan sido im- plementados de manera continuada y constante. En este sentido, hay que poner de relieve que el compromiso de las instituciones locales o nacionales debe ser evidente y decidido y, sin embargo, hasta la fecha, muy pocas son las acciones implementadas y lle- vadas a cabo.
Es indudable que la sensibilidad hacia los problemas en el ámbito juvenil se ha traducido en un incremento exponencial en los enfoques que apuestan por la recuperación del menor desviado en perjuicio de aquellos planteamientos puramente represivos de los fenómenos de delincuencia juvenil.
Es indudable que la sensibilidad hacia los problemas en el ámbito juvenil se ha traducido en un incremento exponencial en los enfoques que apuestan por la recuperación del menor desviado en perjuicio de aquellos planteamientos puramente represivos de los fenómenos de delincuencia juvenil.

martes, 19 de marzo de 2013

Puntos importantes- normatividad jurídica y estado moderno

NORMATIVIDAD JURÍDICA Y ESTADO MODERNO

DERECHO, SOBERANÍ Y PODER

1. La necesidad de aprobación social derivada del fenómeno de la convivencia, es la principal motivación del individuo para actuar de acuerdo con los órdenes normativos de la sociedad.
2. La sociedad demanda un orden institucional, que si bien tiene su validez en el reconocimiento síquico de los miembros de la comunidad, puede emplear en última instancia y precisamente fundado en su validez, un medio de coacción física que garantice en todo momento su vigencia y, por lo tanto, la seguridad de la continuidad histórica de la comunidad.
3. El orden institucional estatal adquiere el carácter de jurídico cuando recibe el reconocimiento de su legitimidad como tal, y al disponer del monopolio de la coacción física.
4. El estado es definido según Max Weber como “un instituto político de actividad continuada, cuando y en la medida que su cuadro administrativo mantenga con éxito, la pretensión del monopolio legitimo de la coacción física para el mantenimiento del orden vigente”.
5. Sociológicamente podemos considerar que el origen del Estado es la desintegración del clan, no el Estado como lo conocemos actualmente, sino como la afirmación de un cuadro coactivo extracomunitario.
6. El Estado toma para sí el monopolio de la coacción física, este monopolio es el hecho mismo en el que está enraizada la soberanía del Estado.
7.La soberanía debe estar legitimada por el consenso social que la reconoce como el origen supremo de la manifestación del poder, entendiendo este como los representantes estatales.
8. La soberanía presupone a un sujeto de la misma con personalidad jurídica y con voluntad propia, que tiene la capacidad de, a través del monopolio de la coacción física legitima, poderse imponer a todos los centros de poder establecidos en un territorio determinado.
9. El Estado, tiene que ser la organización de poder suprema, que configura el orden normativo jurídico y lo aplica sin ninguna limitación dentro del territorio en el cual ejerce su soberanía.
10. El Estado n es una entidad sustente, es producto de la convivencia, es el resultado de la comunidad de las fuerzas sociales que requieren de un control que las equilibre y canalice.


NORMAS JURÍDICAS Y LEGITIMACIÓN DEL PODER POLÍTICO

1. Cuando se legitima un orden jurídico, también se está legitimando al poder que lo ampara. Mientras no exista esa legitimación estamos frente a una usurpación del poder, los individuos se hallan sometidos frentes a este, pero no regulados por el derecho.
2. Al objetarse las fuerzas sociales en el poder político, este a su vez debe someter al orden jurídico. El derecho le da su forma, la organiza, le da permanencia y señala su finalidad.
3. La realización del valor justicia es el principio de la legitimación del poder del orden político-social.
4. Legitimación es la valoración de la acción según los valores comunes o participados según la importancia de la acción en el sistema social.
5. Podemos relacionar a la autoridad legítima, como institución social a los siguientes criterios:
- La legitimación con respecto a los valores generales de la sociedad;
- La posición que la autoridad tienen en el sistema de funciones o colectividades a que se aplica;
- El tipo de situación con que han de enfrentarse quienes están revestidos de autoridad, y
- Las sanciones que, por una parte, están a su disposición, y por otra, pueden ser impuestas por otros con relación a sus acciones.
6. Los valores son meramente históricos y circunstanciales, por lo que la justicia, como valor, estará enmarcada dentro de un momento y lugar histórico especifico.
7. Un sistema positivo de valores es siempre el resultado de influencias individuales recíprocas dentro de un grupo dado.
8. Todo sistema de valores, es un fenómeno social y, poro lo mismo, diferente según la naturaleza de la sociedad en la que aparece.
9. La organización política de una comunidad está condicionada al recnocimiento de los valores que predominan en el momento histórico.
10. Cuando se logra que el poder quede estructurado, limitado y posibilitado por un orden normativo, estamos frente a la llamada dominación legitima, considerada como “la probabilidad de encontrar obediencia a un mandato de determinado contenido entre personas dadas”.


FUERZAS SOCIALES Y NORMATIVIDAD JURÍDICA

1. Al establecerse el orden jurídico, este restringe el alcance del poder político, sin esta reglamentación se caería en la anarquía o en el despotismo. La actividad entre derecho, por un lado, y fuerzas sociales por el otro, trata de llegar al equilibrio siempre inestable de la correlación entre derecho y fuerzas sociales.
2. El poder representa el elemento de lucha, de sujeción; es una fuerza que se extiende dialécticamente; en un cambo, el derecho tiende a ser restrictivo, conservador; trata de evitar el abuso del poder, de reducir al mínimo la posibilidad de que se extralimite este; circunscribe el actuar tanto de los particulares como de las autoridades públicas.
3. El legislador debe tratar de mantener una correspondencia entre el derecho y las condiciones sociales del momento; debe superar el contrastes entre al tendencia conservadora del orden jurídico y la dinámica de las fuerzas sociales; debe saber captar las nuevas exigencias que demanda constantemente la sociedad.
4. Las fuentes del derecho de acuerdo con la escuela sociológica del derecho, son las necesidades sociales, a diferencia de la teoría pura del derecho, que considera como única fuente del derecho, a la ley.
5. Cuando el orden normativo no refleja las fuerzas sociales, cuando éstas y el derecho no tienen una adecuación, se puede llegar a un Estado revolucionario.
6. La característica del poder jurídico es la coactividad, el templo de la fuerza física, pero se tiene la fuerza física porque se ostenta el poder y no al revés. La sociedad frente al orden jurídico, se adhiere porque lo considera valioso.
7.Ética y poder no pueden darse separadamente, pues se entrecruzan en los ordenes sociales; el derecho es la coordinación ético imperativa gracias a la que se realiza cierto tipo de conducta.
8. Los valores, son objetos ideales que no existen en el espacio ni el tiempo, pero que pueden, sin embargo, pedir objetividad y una validez a priori.
9. El orden normativo no es un sistema ideal, sino todo lo contrario, es una realidad sociocultural. Por lo tanto, al hablar de la norma hipotética fundamental, de acuerdo con Kelsen, se rompe la autonomía lógica de su sistema, frente a la realidad social.
10. Según García Máynez la combinación de los tres círculos integrados por: Derecho formalmente válido, Derecho positivo y Derecho intrínsecamente válido. Describe 7 posibilidades a saber.

martes, 12 de marzo de 2013

NORMATIVIDAD JURÍDICA Y ESTADO MODERNO

NORMATIVIDAD JURÍDICA Y ESTADO MODERNO

DERECHO, SOBERANÍ Y PODER

La necesidad de aprobación social derivada del fenómeno de la convivencia, es la principal motivación del individuo para actuar de acuerdo con los órdenes normativos de la sociedad.
La sociedad demanda un orden institucional, que si bien tiene su validez en el reconocimiento síquico de los miembros de la comunidad, puede emplear en última instancia y precisamente fundado en su validez, un medio de coacción física que garantice en todo momento su vigencia y, por lo tanto, la seguridad de la continuidad histórica de la comunidad.
El orden institucional estatal adquiere el carácter de jurídico cuando recibe el reconocimiento de su legitimidad como tal, y al disponer del monopolio de la coacción física.
El estado es definido según Max Weber como “un instituto político de actividad continuada, cuando y en la medida que su cuadro administrativo mantenga con éxito, la pretensión del monopolio legitimo de la coacción física para el mantenimiento del orden vigente”.
Sociológicamente podemos considerar que el origen del Estado es la desintegración del clan, no el Estado como lo conocemos actualmente, sino como la afirmación de un cuadro coactivo extracomunitario.
El Estado toma para sí el monopolio de la coacción física, este monopolio es el hecho mismo en el que está enraizada la soberanía del Estado.
La soberanía debe estar legitimada por el consenso social que la reconoce como el origen supremo de la manifestación del poder, entendiendo este como los representantes estatales.
La soberanía presupone a un sujeto de la misma con personalidad jurídica y con voluntad propia, que tiene la capacidad de, a través del monopolio de la coacción física legitima, poderse imponer a todos los centros de poder establecidos en un territorio determinado.
El Estado, tiene que ser la organización de poder suprema, que configura el orden normativo jurídico y lo aplica sin ninguna limitación dentro del territorio en el cual ejerce su soberanía.
El Estado n es una entidad sustente, es producto de la convivencia, es el resultado de la comunidad de las fuerzas sociales que requieren de un control que las equilibre y canalice.
Hay un momento en el cual las fuerzas sociales, de por si dinámicas y contradictorias, logran un cierto equilibrio estructural, plasmándose en un orden normativo.
En la actualidad la institucionalización del hecho constituyente se encuentra referida en las constituciones políticas que rigen la vida pública de los países. Estas constituciones están configuradas por dos tipos de ordenamientos jurídicos.
a) Aquellos que forman la parte dogmatica y que se refieren a la regulación de los principios básicos del orden jurídico que representan, y
b) Los que configuran el aspecto orgánico que comprende la estructuración reglamentaria de los órganos del poder.



NORMAS JURÍDICAS Y LEGITIMACIÓN DEL PODER POLÍTICO

Cuando se legitima un orden jurídico, también se está legitimando al poder que lo ampara. Mientras no exista esa legitimación estamos frente a una usurpación del poder, los individuos se hallan sometidos frentes a este, pero no regulados por el derecho.
Al objetarse las fuerzas sociales en el poder político, este a su vez debe someter al orden jurídico. El derecho le da su forma, la organiza, le da permanencia y señala su finalidad.
La realización del valor justicia es el principio de la legitimación del poder del orden político-social.
Legitimación es la valoración de la acción según los valores comunes o participados según la importancia de la acción en el sistema social.
Podemos relacionar a la autoridad legítima, como institución social a los siguientes criterios:
1. La legitimación con respecto a los valores generales de la sociedad;
2. La posición que la autoridad tienen en el sistema de funciones o colectividades a que se aplica;
3. El tipo de situación con que han de enfrentarse quienes están revestidos de autoridad, y
4. Las sanciones que, por una parte, están a su disposición, y por otra, pueden ser impuestas por otros con relación a sus acciones.
Los valores son meramente históricos y circunstanciales, por lo que la justicia, como valor, estará enmarcada dentro de un momento y lugar histórico especifico.
Un sistema positivo de valores es siempre el resultado de influencias individuales recíprocas dentro de un grupo dado. Todo sistema de valores, es un fenómeno social y, poro lo mismo, diferente según la naturaleza de la sociedad en la que aparece.
La organización política de una comunidad está condicionada al reconocimiento de los valores que predominan en el momento histórico.
Cuando se logra que el poder quede estructurado, limitado y posibilitado por un orden normativo, estamos frente a la llamada dominación legitima, considerada como “la probabilidad de encontrar obediencia a un mandato de determinado contenido entre personas dadas”.



FUERZAS SOCIALES Y NORMATIVIDAD JURÍDICA

Al establecerse el orden jurídico, este restringe el alcance del poder político, sin esta reglamentación se caería en la anarquía o en el despotismo. La actividad entre derecho, por un lado, y fuerzas sociales por el otro, trata de llegar al equilibrio siempre inestable de la correlación entre derecho y fuerzas sociales.
El poder representa el elemento de lucha, de sujeción; es una fuerza que se extiende dialécticamente; en un cambo, el derecho tiende a ser restrictivo, conservador; trata de evitar el abuso del poder, de reducir al mínimo la posibilidad de que se extralimite este; circunscribe el actuar tanto de los particulares como de las autoridades públicas.
El legislador debe tratar de mantener una correspondencia entre el derecho y las condiciones sociales del momento; debe superar el contrastes entre al tendencia conservadora del orden jurídico y la dinámica de las fuerzas sociales; debe saber captar las nuevas exigencias que demanda constantemente la sociedad.
Las fuentes del derecho de acuerdo con la escuela sociológica del derecho, son las necesidades sociales, a diferencia de la teoría pura del derecho, que considera como única fuente del derecho, a la ley.
Cuando el orden normativo no refleja las fuerzas sociales, cuando éstas y el derecho no tienen una adecuación, se puede llegar a un Estado revolucionario.
La característica del poder jurídico es la coactividad, el templo de la fuerza física, pero se tiene la fuerza física porque se ostenta el poder y no al revés. La sociedad frente al orden jurídico, se adhiere porque lo considera valioso.
Ética y poder no pueden darse separadamente, pues se entrecruzan en los ordenes sociales; el derecho es la coordinación ético imperativa gracias a la que se realiza cierto tipo de conducta.
Los valores, son objetos ideales que no existen en el espacio ni el tiempo, pero que pueden, sin embargo, pedir objetividad y una validez a priori.
El orden normativo no es un sistema ideal, sino todo lo contrario, es una realidad sociocultural. Por lo tanto, al hablar de la norma hipotética fundamental, de acuerdo con Kelsen, se rompe la autonomía lógica de su sistema, frente a la realidad social.
Según García Máynez la combinación de los tres círculos integrados por: Derecho formalmente válido, Derecho positivo y Derecho intrínsecamente válido.

Describe 7 posibilidades a saber.
1. La de normas extrínsecamente validas que carecen de valor intrínseco y eficacia.
2. La de preceptos vigentes e intrínsecamente justos, más no eficaces.
3. La de normas o principios intrínsecamente válidos, pero desprovistos de vigencia y de efectividad.
4. La de preceptos vigente y eficaces, pero injustos.
5. La de normas en las que concurren los tres atributos, el de vigencia, el de validez intrínseca y el de eficacia.
6. La de normas o principios intrínsecamente valiosos, dotados de eficacia, pero no reconocidos por el poder público.
7. La de reglas consuetudinarias necesariamente eficaces, pero sin validez formal ni valor objetivo.

viernes, 8 de marzo de 2013

Racionalización interna del derecho- Max Weber

Andamio

Racionalización interna del derecho
Max Weber

I. La creación del derecho por revelación carismática

Eje central de la sociología política weberiana.
La validez del derecho se fundaba en la legitimidad de los profetas, magos o caudillos carismáticos.
Se corresponde con el “tipo ideal” de derecho irracional y esencialmente formal.
Era de orden externo en cuanto la legitimidad del profeta jurídico se basaba en el carácter sagrado de ciertos actos y ritos.
No se distingue entre cuestiones de hecho y cuestiones de derecho.


II. La creación y aplicación del derecho por "honoratiores" jurídicos

Constituye un eje central en el proceso de racionalización interna del derecho.
Da lugar a la aparición de un derecho empírico y casuístico. Surge cuando la creencia en los poderes mágicos va desapareciendo, a la vez que va floreciendo una nueva clase de personas, que se dedican a la aplicación e interpretación del derecho.
Cada vez un derecho más racional. Eran intérpretes o sistematizadores de normas ya existentes.


III. Otorgamiento del derecho por el "imperium" profano y los poderes teocráticos

Se caracteriza, porque gracias al influjo del poder de los príncipes y los magistrados y del poder sacerdotal organizado, se despojó en todas partes a la vieja administración de justicia de su primitiva irracionalidad formalista. También por ser una etapa en la que el pensamiento jurídico se desarrolla en el sentido de una racionalización material del mismo.


IV. Desarrollo del derecho sistemáticamente estatuido y aplicación jurídica por juristas especializados

Es aquella en la que se desarrolla un derecho sistemáticamente estatuido y una aplicación del mismo por juristas especializados sobre la base de una educación letrada de tipo lógico formal. El derecho que desarrolla esta última etapa teórica tiende a fomentar las cualidades formales y se caracteriza por una parte por la total disolución del derecho probatorio formalista, por la sublimación, la técnico acción racional y la sistematización.

lunes, 25 de febrero de 2013

Tarea 9

Tarea 9
1 ¿Cuál e es la base de sustento social de la legitimidad racional con arreglo a fines y de la legitimidad racional con arreglo a valores?
Que todo derecho pactado u otorgado puede ser estatuido de modo racional- racional con arreglo a fines o racional con arreglo de valores, con la pretensión de ser respetado por lo menos por los miembros de la asociación. La legitimidad legal- racional con arreglo de valores desde un punto de vista típico ideal seria basada en el derecho natural racional, y la legitimidad con arreglo a fines seria la basada a las en las leyes positivas.

2 ¿A qué tipo de racionalidad se refiere Weber cuando nos habla de estado racional moderno, cuáles son sus bases y como ejerce el poder político?
Para weber el estado moderno, esta basado o legitimado por el principio de legalidad que consiste en el sostenimiento general a las leyes. La identificación con el estado moderno con el burocrático no deja lugar a dudas sobre el tipo de racionalidad en que se fundamenta: la racionalidad formal.
El proceso de legislación del poder político supuso la desaparición de los poderes tradicionales frente al poder legal basado en la división de poderes, en la supremacía de la ley y en el carácter impersonal y objetivo del ordenamiento administrativo y político del ordenamiento jurídico.
En el estado moderno, el proceso de legislación del poder ha alcanzado el poder político que los teóricos de las monarquías absolutas habían definido

3 ¿Cuál es la base del poder legal?
El proceso de legalización de poder político supuso la desaparición de los poderes tradicionales -patriarcales o patrimoniales-, frente al poder legal, basado en la división de poderes, en la supremacía de la ley, y en el carácter impersonal y objetivo del ordenamiento administrativo y jurídico.

4 ¿Cuál es la crítica de Bobbio a la identificación entre dominación legal y estado burocrático?
La identificación weberiana de la dominación legal con el "Estado burocrático" es criticada por Bobbio por ser excesivamente limitada.

5 ¿En que ideas descansa la legitimidad formal del estado moderno?
a)Que el derecho es un cosmos de reglas abstracta estatuidas intencionalmente, que la judicatura implica la aplicación de esas reglas en casos concretos y que la administración supon el cuidado racional de los intereses previstos por las ordenacionees de la asociación y segun principios señalables que tienen laa aprobación.
b) Que el soberano legal típico es la persona puesta a la cabeza en tanto que ordena y manda, obedece por su parte al orden impersonal por el que ordena sus disposiciones.
c) El que obedece solo lo hace en cuanto al miembro de la asociación y solo obedece al derecho.

6 ¿Cuándo es legítima una sanción dentro del modelo racional legal?
Si ha ocurrido de conformidad con las leyes que prescriben el procedimiento que ha de seguirse.

7 ¿Por qué en Weber la legitimidad y la legalidad se confunden?
Por el nexo que establece Weber entre legalidad y legitimidad mediante el cual convierte a las dos nociones en una sola cuando se trata de la legitimidad del poder político justificado en un argumento racional. En tal sentido dice Weber, “la forma de legitimidad hoy más corriente es la creencia en la legalidad: la obediencia a preceptos jurídicos positivos establecidos según el procedimiento usual y formalmente correctos”.

8 ¿Por qué rechaza Weber el criterio de las mayorías como forma de legitimidad legal del estado moderno?
Porque por una decisión mayoritaria somete a la minoría, y que este principio implica que haya un sometimiento en las leyes, sin entrar a verificar la justificación de estas leyes, que fines o que valores persigue.

9 ¿En su sociología jurídica cuál es la postura de Weber que legitima al estado moderno?
Desde el punto de vista sociológico, Weber constata el dato de que el principio de legalidad -o al menos la creencia en el- legitima la estructura de un Estado Moderno.

10 ¿Cuál es la postura de Bobbio en torno al principio de legitimidad de Weber?
Para Bobbio "El criterio ultimo de la legitimidad del poder legal es la justificación intima de las leyes. Justificación que no puede hallarse en otra ley superior, sino que debe encontrarse en los valores que esa ley satisface.."

11 ¿Cuáles son los principios del funcionamiento burocrático en el estado moderno?
El principio de atribuciones oficiales fijas, de tal forma que las competencias, funciones y servicios se encuentran claramente delimitadas por la ley.
El principio de la jerarquía funcional, que indica el deber de supervisión por parte de los órganos superiores sobre los inferiores, así como la posibilidad para los dominados de apelación de una autoridad inferior a otra superior.
El principio de separación entre el cargo y el titular, esto es, entre la actividad burocrática -en cuanto a actividad publica y profesional- y la esfera de la vida privada, y en ultimo extremo entre los medios y bienes públicos y los bienes privados del funcionario.
El principio de que "el cargo es una profesión", lo cual implica la exigencia de un aprendizaje y de unos conocimientos prescritos.
El principio de reinumeración fija, en base al cual el funcionario percibe un sueldo fijo en función del "rango" y de su posición en el "escalafón".

12 ¿Cuáles son los supuestos sociales y económicos en que se basa el fenómeno burocrático del estado moderno?
La superioridad técnica del fenómeno burocrático sobre cualquier otra organización manifestada en una mayor rapidez, precisión y continuidad en la tramitación de asuntos legales, administrativos y judiciales.
La concentración de los medios materiales de administración
El triunfo de la organización burocrática en asociaciones político-modernas, gracias al efecto de nivelación.

13 ¿Porque la burocracia moderna en el estado legal nos lleva a la nivelación social?
Porque responde al principio de la igualdad jurídica-formal, que destierra todo posible privilegio social, material u honorífico en el ejercicio de la función pública.

14 ¿Cuáles son las características que definen al fenómeno burocrático moderno y por qué?
El fenómeno burocrático se encuentra caracterizado por principios, los cuales hacen que las competencias, funciones y servicios se encuentren claramente definidos; existe el deber de supervisión por parte de los órganos superiores sobre los inferiores, así como la posibilidad para los gobernados de apelación de un autoridad inferior a una superior; existe la separación entre la actividad burocrática y la esfera de la vida privada; se exige un aprendizaje y unos conocimientos prescritos; y por último, el funcionario percibe un sueldo fijo en función del rango y en su posición
Estos principios caracterizan al fenómeno burocrático moderno ya que se basa en una serie de supuestos sociales y económicos, y tiene unos atributos y consecuencias propias.

15 ¿Cuál es la parte irracional de la racionalidad del estado moderno y su burocracia?
Frente a la racionalidad - formal surge, en inevitable contraposición, la racionalidad material o irracionalidad. Ello es debido a que la excesiva y progresiva especialización y burocratización que la racionalidad - formal del Estado moderno conlleva, hacen de este último una gran máquina burocrático, que ocasiona, cada vez más, un mayor distanciamiento entre los individuos y el aparato - racional del Estado, en definitiva, una relación no pacífica ni armónica entre la racionalidad del sistema y la racionalidad de los individuos.

16 ¿Cuándo los ciudadanos deben rechazar el formalismo legal del estado moderno y porqué?
Cuando en alguna ocasión el ethos domina a las masas, los postulados de la legalidad material encaminados al caso concreto y a la persona concreta chocan inevitablemente con el formalismo y con la fría objetividad normativa del régimen de gobierno burocrático, de suerte que entonces debe rechazarse emotivamente por esta razón lo que había sido racionalmente exigido.






viernes, 22 de febrero de 2013

Preguntas

1. ¿Cuáles son las características del capitalismo moderno occidental en torno a la economía y el derecho y la administración?
Hay en Occidente una forma de capitalismo que no se conoce en ninguna otra parte de la tierra: la organización racional-capitalista del trabajo formalmente libre. En otros sitios no hay sino rudimentos de esto. Capitalismo ha habido en todos los países civilizados y desde los tiempos más remotos si consideramos como su característica principal la tendencia a enriquecerse, tendencia que se encuentra por igual en toda clase de hombres, pero en este capitalismo aventurero, que siempre ha existido, sus probabilidades eran generalmente irracionales y especulativas (adquisición por medios violentos, despojos de guerra, etc.). Frente a este tipo de capitalismo, en Europa surgió un capitalismo específico cuya especificidad radica en la organización racional del trabajo.
Occidente donde únicamente ha sido conocido la formación del especialista como elemento dominante de la cultura.
Sólo Occidente ha puesto al servicio del capitalismo un Derecho y una administración jurídica (todo esto se debe a las características del orden social que imperaban en Occidente), siendo ambas imprescindibles para la existencia de la industria racional privada con capital fijo y cálculo seguro. Es decir, se trata de un racionalismo específico y peculiar de la civilización occidental.

2. ¿Qué entiende Weber por Organización racional capitalista del trabajo?
Max Weber usa un procedimiento metodológico para aclarar lo que pretende con su estudio, y dice claramente que la lucha de clases no es característica del capitalismo. La búsqueda de ganancia no es lo principal y no se explota al obrero. Max Weber plantea que el capitalismo se basa en un deber profesional, donde el gusto por el trabajo, el gusto por la profesión es suficiente para el espíritu capitalista. El racionalismo se basa en un sistema de pensamiento donde se demuestra conocimiento y se dan a conocer distintas verdades, algunas innatas y otras por experiencias. Max Weber dice que en el pensamiento y en la acción de los hombres pesan valores, de modo que se deben comprender: la acción racional de acuerdo a fines donde son fundamentales las características racionales; la acción racional de acuerdo a valores donde lo fundamental son los valores sin importar consecuencias; la acción afectiva donde importan los sentimientos, no tanto lo racional; por último la acción tradicional las cuales se realizan de acuerdo a los valores adquiridos por la sociedad y se lleva a cabo un comportamiento social. Comprendiendo estos conceptos se accede a una mejor comprensión del planteo weberiano. Según Max Weber el capitalismo es aquella persona que siente un deber, un sentimiento incuestionable para el trabajo, y aquí es donde la profesión y el racionalismo se llevan de la mano ya que para Weber no necesariamente lo ideológico es siempre consecuencia de lo económico, sino que, más allá de lo económico se racionaliza basándose en creencias, valores, sentimientos, los cuales pueden causar cambios, ya que por medio de la razón se puede cambiar la visión y la manera de sentir del ser humano para así poder cambiar la historia de un individuo y como consecuencia cambiar la historia de una sociedad. Fuera de lo económico, la profesión y el racionalismo miden el prestigio social lo cual se asocia a la idea de honor social y poder social en el capitalismo.

3. En dónde reside la racionalidad del estado moderno?
En una constitucional racionalmente establecida con un derecho racionalmente estatuido y una administración por funcionarios especializados, guiada por reglas racionales positivas: leyes

4. ¿Cómo podemos caracterizar el proceso de racionalización del mundo occidental y cuáles son sus componentes?
El rasgo distintivo del mundo occidental moderno es este proceso que se despliega en diversos ámbitos de la acción humana: la economía (capitalismo), la política (derecho basado en principios formales, Estado y Burocracia), la ciencia, la religión, etc.
Hay una racionalidad que solo en el Occidente se ha hecho efectivo que ha hecho el capitalismo y que ha decidido nuestro futuro inmediato.
El derecho racional- formal, como el capitalismo y el estado moderno son productos, al igual que otras manifestaciones culturales, son los componentes del proceso de racionalización del mundo Occidental.


5. ¿Cuáles son los fundamentos del estado capitalista moderno?
La existencia de una burocracia especializada y la existencia de un derecho racional basado en su aspecto formal en el derecho romano

6. ¿Cuáles son las características del derecho moderno según Weber (capitalista)?
El derecho moderno es un sistema de normas abstractas, aplicables a todos por igual, y por tanto, previsibles, favorecía la realización del calculo de capital, por tanto que caracteriza la orientación capitalista de la economía y, por otra parte, la justicia de tipo formal y racional es una garantía de la libertad contractual y de la igualdad jurídica formal, lo cual beneficiaba e interesaba a los explotadores de empresas económicas permanentes de tipo racional.

7. ¿Qué nos indica la presencia de una estructura jurídica diferente en Inglaterra (no formal) en torno al capitalismo?
Qué no existe una relación causal entre el capitalismo moderno y el derecho racional-formal.

8. ¿Cómo influye el derecho romano en el derecho racional actual?
En qué hay un predomino de los económicamente fuertes con las clases más desfavorecidas y que hay una creación de procesos capitalistas.

9.¿Cuál es la tesis de Hunt sobre la vinculación derecho-capitalismo?
La aparición del capitalismo moderno y el desarrollo del formalismo jurídico del derecho racional - formal actual son factores recíprocamente unidos en el proceso histórico, entre los cuales se puede establecer una relación de causalidad.

10. ¿Qué diferencias existen entre el derecho racional formal y el derecho racional material?
Por una parte, el derecho racional formal, a pesar de encontrar su origen en el formalismo jurídico del derecho romano y de haberse desarrollado en las universidades medievales europeas, ha encontrado su función económica en relación a las exigencias del capitalismo moderno. Por otra parte, el derecho racional - material ha sido siempre mas polivalente en su relación con la economía que el derecho racional formal.
A pesar de que ambos tipos de derecho han sido compatibles con la economía capitalista moderna, entre el derecho materialmente racional y el derecho racional - formal, hay una diferencia sustancial: que solo un tipo particular del primero, precisamente el derecho consuetudinario ingles, puede coexistir con el capitalismo moderno, mientras que el derecho racional formal se encuentra ligado intrínsecamente al mi.

Derecho racional- formal y capitalismo moderno



miércoles, 13 de febrero de 2013

Modelo burocrático en comparación al modelo patrimonial

Entre los ejemplos de las burocracias cotidianas se pueden contar las de hospitales, tribunales, iglesias, escuelas, ejército y las empresas, tanto públicas como privadas. Por ejemplo, en un hospital corresponde al director o supervisor tomar decisiones acerca de la distribución general de recursos entre los departamentos. A cada médico jefe de departamento corresponden las decisiones acerca de cómo organizar los recursos que le han sido designados por el director o supervisor en relación a la atención que su departamento ofrece al público (horas y tipos de atención de médicos, enfermeras...— y uso de materiales —camas, quirófanos, etc). A cada doctor o enfermera dentro de esos departamentos corresponden las decisiones acerca de atención a los pacientes que asistan, con los recursos disponibles en su departamento tal y como han sido organizados por el jefe del departamento, etc.

Esos funcionarios (doctores, enfermeras, etc.) son contratados y promovidos o despedidos en relación a sus capacitación técnica y funcionamiento en relación a sus tareas, y no porque sean simpáticos, amigos o parientes del director o descendientes de alguna familia especial.

A diferencia del modelo patrimonial en el que ser conrtatado o ascendido depende directamente de la relación que mantengas con las personas encargadas de las decisiones, con los que tengan autoridad. Un ejemplo de patrimonial sería:
Este martes Enrique Peña Nieto, presidente electo de México, dio a conocer su equipo de transición gubernamental encabezado por Luis Videgaray como Coordinador General, seguido por Ildelfonso Guajardo personajes cercanos al priísta. Sin embargo otros nombres fueron los causaron sorpresa, es el caso de Rosario Robles Berlanga, fundadora del PRD y allegada de Cuauhtémoc Cárdenas, quien ocupa el cargo de Vicecoordinadora de Política Social en este gabinete. Familiares de Peña Nieto están presentes en esa lista, Marcela Velasco González, Oficial Mayor es prima del Presidente Electo, al igual que el recién nombrado Secretario Técnico Alejandro Nieto Enríquez.
El coordinador para el Campo, Enrique de la Madrid Cordero es hijo del ex presidente Miguel de la Madrid Hurtado y es primo de Ignacio Peralta Sánchez, Coordinador de Proyectos Especiales.
El equipo que representa al ex presidente Salinas pasó lista de asistencia, en la coordinación de Derechos Humanos y Transparencia, designó a Claudia Ruiz Massieu Salinas, Sobrina de Carlos Salinas, hija de José Francisco Ruiz Massieu y Adriana Salinas. Mientras que Andrés Massieu Fernández Coordinador de Identidad Institucional es hijo de Andrés Massieu Berlanga quien fuera secretario particular de Salinas de Gortari.
Emilio Lozoya Austin Vicecoordinador de Asuntos Internacionales es hijo de Emilio Lozoya Thalmann quien fuera director del ISSSTE y Secretario de Energía durante el gobierno de Salinas.
Carlos Manuel Joaquín González Coordinador de Turismo, es medio hermano de Pedro Joaquín Codwell. Por su parte Alma Carolina Viggiano Coordinadora de Vinculación con Organizaciones de la Sociedad Civil es esposa del gobernador de Coahuila Rubén Moreira
Los jóvenes políticos, hijos de los viejos priístas se integraron a al gabinete, el hijo del ex gobernador de Oaxaca José Murat, Alejandro Ismael Murat Hinojosa está a cargo de la Coordinación de Vivienda
Humberto Castillejos Cervantes, Asesor Jurídico fue coordinador de asesores del ex Procurador General de la República Eduardo Medina Mora, y es primo de Alfredo Castillo ex Procurador General de Justicia del Estado de México
Cierra esta lista Paloma Guillén Vicente, Coordinadora de Agenda Legislativa, Hermana del sub Comandante Marcos.u

El modelo patrimonial es de palancas, de relaciones, mientras que el modelo burocratico requiere de capacidad e implica preparación.

Por ejemplo, tanto un médico como una enfermera jefe acceden a sus cargos en relación a los cursos de especialización que hayan atendido y concluido exitosamente como en relación a su experiencia, mientras quee un político mexicano designa para su gabinete a las personas más cercanas a el.

jueves, 7 de febrero de 2013

La dominación patrimonial- Max Weber

La Dominación Patrimonial

La dominación patrimonial se basa en el modelo del señor de la casa, quien asegura el bienestar de sus miembros y siervos a cambio del servicio y de la lealtad personal de éstos, es decir, se basa en una escasa diferenciación entre el orden político y el económico y entre éstos y otros órdenes de vida. Sus funcionarios proceden de dependientes personales cuya lealtad es más importante que la competencia específica, y cuyas normas proceden de la tradición y de relaciones de piedad, en los cuales coe- xisten ámbitos normados por la tradición (nosotros diríamos por las "reglas del juego" [E.W.]) y de libre arbitrio: el sustento material de los funcionarios se logra a través de prebendas y del usufructo del cargo.

Respecto a los principios jurídicos de la dominación patrimonial Weber señala:
Se caracteriza por la existencia de ámbitos normados, por la tradi- ción y ámbitos de libre arbitrio. Dentro del ámbito del libre arbi- trio, sin embargo, la acción del señor o de sus administradores tie- ne que comprarse o ganarse por relaciones personales. . . La falta decisiva de un derecho formal y su sustitución por el dominio de principios materiales en la administración y en el arbitraje es común a todas las formas de dominación tradicional y tiene consecuen- cias importantes para la relación con la economía. El patriarca, al igual que el señor patrimonial, gobierna y decide según los prin- cipos de la justicia del "kadi", por un lado normado por la tradi- ción, pero en cuanto esta tradición permite esferas de libre arbi- trio, se rige por criterios informales (desde el punto de vista jurídico) de justicia respecto al caso concreto, decididamente considerando las personas involucradas. Las codificaciones y leyes de los sobe- ranos patrimoniales tienen el espíritu del "Estado de bienestar social"; una combinación de principios sociales éticos y utilitarios prevalece y rompe cualquier rigurosidad formal del derecho.

jueves, 31 de enero de 2013

Dominación, Max Weber

DOMINACIÓN

Debe entenderse por "dominación", la probabilidad de encontrar obediencia dentro de un grupo determinado para mandatos específicos (o para toda clase de mandatos). No es, por tanto, toda especie de probabilidad de ejercer "poder" o "influjo" sobre otros hombres. En el caso concreto esta dominación ("autoridad"), en el sentido indicado, puede descansar en los más diversos motivos de sumisión: desde la habituación inconsciente hasta lo que son consideraciones puramente racionales con arreglo a fines. Un determinado mínimo de voluntad de obediencia, o sea de interés (externo o interno) en obedecer, es esencial en toda relación auténtica de autoridad.

La "legitimidad" de una dominación debe considerarse sólo como una probabilidad, la de ser tratada prácticamente como tal y mantenida en una proporción importante. Ni con mucho ocurre que la obediencia a una dominación esté orientada primariamente (ni siquiera siempre) por la creencia en su legitimidad.


1. De carácter racional: que descansa en la creencia en la legalidad de ordenaciones estatuidas y de los derechos de mando de los llamados por esas ordenaciones a ejercer la autoridad (autoridad legal).
En el caso de la autoridad legal se obedecen las ordenaciones impersonales y objetivas legalmente estatuidas y las personas por ellas designadas, en méritos éstas de la legalidad formal de sus disposiciones dentro del círculo de su competencia.

2. De carácter tradicional: que descansa en la creencia cotidiana en la santidad de las tradiciones que rigieron desde lejanos tiempos y en la legitimidad de los señalados por esa tradición para ejercer la autoridad (autoridad tradicional).
Debe entenderse que una dominación es tradicional cuando su legitimidad descansa en la santidad de ordenaciones y poderes de mando heredados de tiempos lejanos, "desde tiempo inmemorial", creyéndose en ella en méritos de esa santidad. El señor o los señores están determinados en virtud de reglas tradicionalmente recibidas. La "asociación de dominación", en el caso más sencillo, es primariamente una "asociación de piedad" determinada por una comunidad de educación. El soberano no es un "superior", sino un señor personal, su cuadro administrativo no está constituido por "funcionarios" sino por "servidores", los dominados no son "miembros" de la asociación sino: 1) "compañeros tradicionales" (§ 7a, o 2) "súbditos". Las relaciones del cuadro administrativo para con el soberano no se determinan por el deber objetivo del cargo, sino por la fidelidad personal del servidor.

3. De carácter carismático: que descansa en la entrega extracotidiana a la santidad, heroísmo o ejemplaridad de una persona y a las ordenaciones por ella creadas o reveladas (llamada) (autoridad carismática).
Debe entenderse que una dominación es tradicional cuando su legitimidad descansa en la santidad de ordenaciones y poderes de mando heredados de tiempos lejanos, "desde tiempo inmemorial", creyéndose en ella en méritos de esa santidad.


· LA DOMINACIÓN LEGAL CON ADMINISTRACIÓN BUROCRÁTICA.

· Este tipo de dominación descansa en la validez de las siguientes ideas:
1. Todo derecho, pactado u otorgado, puede ser estatuido de modo racional, con la pretensión de ser respetado por los miembros de la asociación.
2. Todo derecho es un cosmos de ideas abstractas, estatuidas intencionalmente; y que la administración supone el cuidado racional de los intereses previstos por las ordenaciones de la asociación.
3. El soberano legal típico, que ordena y manda, obedece a su vez al orden impersonal por el que orienta sus disposiciones.
4. El que obedece solo lo hace en tanto es miembro de la asociación y solo obedece al derecho.
5. Los miembros de la asociación obedecen al soberano, no en atención a su persona. Obedecen al orden impersonal, y solo están obligados a la obediencia dentro de la competencia limitada, racional y objetiva, otorgada por ese orden.

Características de la dominación legal.

1. Un ejercicio continuado, sujeto a la ley de funciones dentro de:
2. una competencia que significa:
· un ámbito de deberes y servicios;
· con la atribución de los poderes necesarios para realizarlos;
· con medios coactivos admisibles y el supuesto de su aplicación.
3. Principio de jerarquía administrativa u ordenación de autoridades con facultades para regular e inspeccionar.
4. Las reglas de procedimiento pueden ser técnicas o normas. Su aplicación exige racionalidad y formación profesional.
5. Rige la separación entre el cuadro administrativo y los medios de administración y producción.
6. No existe apropiación de los cargos por quien los ejerce.
7. Principio administrativo de atenerse al expediente, es decir que se fijan por escrito los considerandos, propuestas ,decisiones, disposiciones y ordenanzas de toda clase.
8. El tipo ideal de la dominación legal es la burocracia.

El tipo más puro de dominación legal es el que se ejerce por medio de un cuadro administrativo burocrático. La totalidad del cuadro se compone de funcionarios individuales, los cuales:
1. se deben solo a los deberes de su cargo;
2. en jerarquía administrativa rigurosa;
3. con competencias fijadas;
4. en virtud de un contrato, sobre la base de la libre elección según;
5. la calificación profesional que fundamenta su nombramiento;
6. son retribuidos en dinero con sueldos graduados en relación al rango jerárquico y responsabilidades;
7. ejercen el cargo como su única o principal profesión;
8. tienen perspectiva de ascensos;
9. trabajan separados de los medios administrativos y sin apropiación del cargo;
10. sometidos a la disciplina y vigilancia administrativa.


La dominación burocrática significa una dominación gracias al saber, este representa su carácter racional. La dominación burocrática significa:
1. Tendencia a nivelar en interés de reclutar a los más calificados.
2. Tendencia a la plutocratización en interés de una formación profesional.
3. La dominación de la impersonalidad, sometida a la presión del deber estricto.

· DOMINACIÓN TRADICIONAL.


La dominación es tradicional cuando su legitimidad descansa en la santidad de ordenaciones y poderes de mando heredados de tiempos lejanos.
Las relaciones del cuadro administrativo con el soberano se determinan por la fidelidad personal del servidor. Se obedece a la persona llamada por la tradición y los mandatos de esta persona son legítimos de dos maneras:
1. por la fuerza de la tradición que señala el contenido de los ordenamientos.
2. Por el libre arbitrio del señor.
En el tipo puro de dominación tradicional es imposible crear nuevos principios jurídicos o administrativos; estos solo pueden ser legitimados por ser válidos de antaño y ser reconocidos por la sabiduría tradicional.

· Cuadro administrativo típico:
1. Tradicional: por lazos de piedad de los vinculados al señor:
· pertenecientes al linaje;
· esclavos;
· funcionarios domésticos;
· clientes;
· colonos;
· libertos.
2. Reclutamiento extrapatrimonial:
· por relaciones de confianza;
· por pacto de fidelidad;
· funcionarios que entran libremente en la relación de piedad.

Al cuadro administrativo de la dominación tradicional en su tipo puro le falta:
1. la competencia fija;
2. la jerarquía racional;
3. la formación profesional;
4. el sueldo fijo y pagado en dinero.

Los tipos originarios de la dominación tradicional son:
1. Gerontocracia: en la medida que hay una autoridad, esta es ejercida por los más viejos, en cuanto conocen mejor la tradición.
2. Patriarcalismo originario: ejerce la dominación una sola persona de acuerdo con determinadas reglas hereditarias.

Dominación patrimonial: orientada por la tradición, pero ejercida en virtud de un derecho propio.
Dominación estamental: dominación patrimonial en la que ciertos poderes de mando y sus probabilidades económicas están apropiados por el cuadro administrativo.

· DOMINACIÓN CARISMÁTICA.

Carisma: cualidad que pasa por extraordinaria, de una personalidad, por cuya virtud se la considera en posesión de fuerzas sobrenaturales o sobrehumanas, o como enviado de Dios.
Sobre la validez del carisma decide el reconocimiento por parte de los dominados. Este reconocimiento es una entrega personal y llena de fe, que surge del entusiasmo o la esperanza; y es un deber de los llamados.
El cuadro administrativo es elegido a su vez por cualidades carismáticas.


sábado, 26 de enero de 2013

La acción social- Max Weber

Se entiende por "acción " una conducta humana en la que el individuo, o individuos, que la producen, la establecen con un sentido subjetivo. Para la sociología la acción social, se refiere de manera general, al análisis del comportamiento humano en los diferentes medios sociales. Y Max Weber define la acción social como cualquier tipo de proceder humano orientado por las acciones de otro, las cuales pueden ser presentes o esperadas como futuras.

Distinguiendo así, cutro tipos de orientación del proceder social:
1. La acción racional con arreglo a fines.
2. La acción racional con arreglo a valores.
3. La acción afectiva
4. La acción tradicional.
Cada tipo de acción o conducta emitida por el individuo parte de los valores, metas que se proponga y valores y medios que posea.

LA ACCIÓN RACIONAL CON ARREGLO A FINES.
Corresponde a la acción más racional posible de la acción. Resaltando el elemento racional en términos de cálculos de medios para alcanzar la meta. Midiéndo racionalmente las consecuencias de la acción y comparando la efectividad de los medios en relación al resultado.

LA ACCIÓN RACIONAL CON ARREGLO A VALORES.
A diferencia de lo anterior, la acción racional cona rreglo a valores, responde a las creencias que posee el individuo, pueden ser religiosas, políticas, filosóficas..... Como el individuo ya posee con anterioridad estas convicciones el proceso de decisión es más breve. Sin embargo la acción no deja de ser racional, ya que los medios elegidos son los más adecuados para alcanzar el fin y realizar la acción.

LA ACCIÓN AFECTIVA.
Se desarrolla bajo el influjo de un estado emotivo, esta acción se emite en los límites de los significados y no significados, debido a que su sentido no se establece en la instrumentación de medios hacia fines, sino en realizar una cto "por qué sí". O sea, desaparece el horizonte valorativo, el sujeto actúa movido por estados emotivos del momentos.

LA ACCIÓN TRADICIONAL.
La acción se desarrolla bajo el influjo de la costumbre y el hábito y proceder de un conjunto de ideales y símbolos que no posee una forma coherente y precisa.
Esta determinación por costumbres arraigada. Sin embargo, está clasificación no es extricta sino podría ser comprendida como yun esquema típico ideal cuya finalidad es establecer mediciones racionales sobre las cuales analizar las acciones de los individuos relacionadas con los grupos y personas con los que se relaciona.

viernes, 18 de enero de 2013

Tarea 2

TAREA 2

Uno de los asuntos más criticados de la filosofía de la ciencia es determinar qué significa que un cosa es verdad y otra es mentira, así como explicar cómo se establecen los métodos que las comunidades concretas usan para alcanzar el tipo de proposiciones verdaderas en las que aspiran a estar de acuerdo.

Solo podemos tener la certeza de que nuestros conocimientos son verdaderos si tenemos algún criterio que nos permita distinguir los conocimientos verdaderos de los falsos.

En la cultura griega la verdad se refiere a la realidad y al conocimiento. Tiene una estructura bipolar.
a) La verdad se opone a las apariencias y se identifica con la realidad misma.(el oro verdadero es oro y otra cosa parecida no es oro aunque se parezca)
b) El conocimiento es verdadero cuando capta la verdad de las cosas.

Los filósofos escépticos decían que ningún tipo de conocimiento nos permitía estar seguros de haber alcanzado la verdad, solo podemos estar seguros de cómo nos parece que son las cosas, pero no de cómo son en realidad.

Descartes afirma que el criterio que garantiza la verdad del conocimiento más allá de toda duda es la evidencia. Hay evidencia cuando el entendimiento capta algo de manera clara y distinta. Sin embargo la evidencia como criterio plantea un problema que es su carácter subjetivo y además aunque tengamos certeza de algo, la certeza no va unida necesariamente a la verdad.

La configuración del tema de los límites del conocimiento es lenta y tardía en la historia de la teoría del conocimiento. Para poder hablar del límite desde el conocimiento mismo, hay que esperar a la modernidad, cuando, al someterse el conocimiento a un autoanálisis riguroso, se empieza a entrever que la capacidad cognoscitiva puede tener, en sí misma, unos topes irrebasables.

Siguiendo los criterios insistentemente manejados por la tradición científica, podemos decir que la Sociología es una ciencia porque reúne una serie de características tales como ser empírica, teórica, acumulativa, no-ética, crítica y un modo de conciencia. Repasar cada uno de estos criterios nos puede ser muy útil para precisar lo que entendemos por la Sociología como disciplina científica.

La sociología es una ciencia social que estudia, describe y analiza los procesos de la vida en la sociedad; busca comprender las relaciones de los hechos sociales por medio de la historia; mediante el empleo de métodos de investigación, quiere saber donde estan los problemas en la sociedad y sus relaciones con los individuos.

La sociología es una ciencia en el sentido de que implica métodos sistemáticos de investigación y la evaluación de teorías a la luz de las pruebas y de la discusión lógica. Pero no puede configurarse siguiendo directamente el modelo de las ciencias naturales, pues el estudio de la conducta humana es diferente en aspectos fundamentales del estudio del mundo natural.

Los sociólogos investigan la vida social planteando preguntas claras e intentando encontrar sus respuestas por medio de la investigación sistemática. Estas preguntas pueden ser fácticas, comparativas, de desarrollo o teóricas. En la investigación sociológica es importante distinguir entre los resultados pretendidos y no pretendidos de la acción humana.
Weber combina la ciencia empírica y subjetiva, dando lugar a una forma de ver la objetividad en las ciencias de la cultura, una teoría de los tipos de acciones básicos y el concepto metodológico de tipo ideal.

Weber retoma de Rickert la idea de que lo que distingue al conocimiento histórico, y a las disciplinas que pertenecen a su ámbito, de la ciencia natural es su particular estructura lógica, es decir, la orientación hacia lo individual. Con la cual intenta explicar cada fenómeno de acuerdo con las relaciones particulares de cada caso que lo ligan con otros fenómenos también retoma de Rickert la distinción entre juicio de valor y «relación de valor».

Para Weber no existen criterios universales, ya que los datos históricos recopilados para la construcción de enunciados teóricos han sido seleccionados a partir de la toma de posturas valorativas particulares. Los valores son el determinado «punto de vista» con el que se observa una «determinada» parte de la realidad.

El concepto de tipo ideal debe ser considerado dentro de la intención de Weber de construir instrumentos conceptuales para analizar la realidad social e histórica. Weber trata de tender un puente entre el conocimiento teórico-deductivo y el análisis descriptivo de los hechos particulares. La relación entre teoría e historia se condensa en el tipo ideal.

lunes, 14 de enero de 2013

Sociología

La sociología es una ciencia social que estudia, describe y analiza los procesos de la vida en la sociedad; busca comprender las relaciones de los hechos sociales por medio de la historia; mediante el empleo de métodos de investigación, quiere saber donde estan los problemas en la sociedad y sus relaciones con los individuos. Compara a la sociedad con la cultura y la politica. Es una ciencia nueva que se hizo a la mitad del siglo XIX.

Se dedica al estudio de los grupos sociales (conjunto de individuos que conviven agrupados en diversos tipos de asociaciones). Esta ciencia analiza las formas internas de organización, las relaciones que los sujetos mantienen entre sí y con el sistema, y el grado de cohesión existente en el marco de la estructura social.
Por tanto, la sociología tiene una larga historia de desarrollo (150-200 años), todo y que en

El propósito de la sociología es el estudio científico de la sociedad humana mediante la investigación de la conducta social de la gente.

La Sociología es la más nueva de las ciencias sociales, ya que surgió en el siglo XIX, el mismo siglo en que se producían profundas transformaciones sociales y en que surgía el Estado Moderno. La Sociología, como ciencia social, es una de las ciencias que tiene al ser humano como protagonista y objeto de estudio.

El punto de partida de la sociología es la persona o el actor social, es decir no el individuo aislado, sino la persona en sus relaciones humanas con los demás. Un problema habitual dentro del método sociológico es que el sociólogo es también un ser humano y por lo tanto un ser social o un actor social. Objeto y sujeto de estudio coinciden y este problema es compartido por todas las ciencias sociales.

Su objeto de estudio son los patrones recurrentes en las actitudes y comportamiento de la gente y cómo varían éstos ante las variaciones de tiempo, cultura y grupos sociales.